SOLICITE LA DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO DE PLUSVALÍA MUNICIPAL

Si vendió un inmueble, a precio inferior del coste de compra, tiene la posibilidad de recuperar el Impuesto abonado al Ayuntamiento en que esté ubicado el inmueble.

El Tribunal Constitucional, ha considerado nulo el pago de ese tributo cuando no se ha producido el hecho que lo produce, esto es la obtención de ganancias en la operación, cuestión lógica, por otra parte y de gran incidencia en estos últimos 6 años.

Si bien, el asunto sobre el que resuelve el TC, pertenece a una zona foral, es de buena lógica considerar la viabilidad en el resto del territorio nacional.


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