Ayudas a la adquisición de vivienda de la Comunidad de Madrid

Estamos viendo, en nuestro despacho, varios asuntos de situaciones muy similares en materia de ayudas a la adquisición de Vivienda de la Comunidad de Madrid.

Se trata de casos de familias y/o personas individuales; compradores de su vivienda habitual, al fin y al cabo; que, reuniendo los requisitos necesarios, que la normativa de la Comunidad establecía en su momento, para la obtención de una ayuda por la adquisición de vivienda, conocida como “Cheque Vivienda”, continúan, transcurrido el tiempo, en la mayoría de los casos alrededor de 10 años, sin que la administración haya dictado resolución alguna o que, aun habiendo resuelto y comunicado la resolución favorable a la parte interesada, no ha procedido al pago, introduciendo a las personas afectadas en una suerte de peregrinación administrativa, sin obtención de solución alguna y, lo que es peor, con la más absoluta desconsideración.

Algunas de estas familias y personas interesadas, que han actuado con perseverancia, sí han logrado una respuesta ¡de denegación! a posteriori, en base a la Ley de modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, que, sin previo aviso y con un pretendido carácter retroactivo, ha paralizado los expedientes de gestión de la ayuda reglamentada, independientemente de que se encuentren en situación de trámite o ya concedidos. Se estima que el número de afectados puede ser muy elevado. Pues bien, ya hay varias resoluciones favorables, condenando a la Comunidad de Madrid, a efectuar el abono de ese “cheque vivienda” en el plazo de un mes, por lo que seguimos comprobando y estudiando los expedientes de nuestros clientes, considerando la viabilidad de la tramitación procesal, con expectativas posiblemente favorables en unos casos y con cierto optimismo en otros.


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