Las personas separadas que tengan la guarda y custodia de sus hijos, están excluidas de las ayudas de 1.200 euros anuales.
OTROS ASPECTOS DE INTERÉS:
Borrador de la Renta remitido por la AEAT.
La administración tributaria dispone de casi toda la información, pero repase su borrador antes de aceptarlo en aspectos como:
- Deducción por Cuotas Sindicales.
- Facturas de Abogados, Graduados Sociales y/o Procuradores en Procesos Laborales.
- Cuotas Colegiales.
- Bienes inmuebles, compruebe que le han sido correctamente asignados y si figuran a disposición del titular, estando alquilados o a disposición de familiares, pues en el primer caso le será más gravoso.
- Deducciones por Planes de Pensiones o, por el contrario, declaración del rescate de los mismos.
- Si ha recibido ayudas públicas por:
- Adquisición de vivienda
- Adquisición de vehículo
- Autoempleo
- Etc.
No olvide declararlas, pues, en caso contrario le podrá ser reclamado con los intereses correspondientes y posible sanción.
¡NO OLVIDE!
El plazo finaliza el día 30 de Junio, salvo que el resultado sea “A pagar” y pretenda domiciliar el pago, en cuyo caso finaliza el día 25.