Disolución del matrimonio, sin que suponga un problema añadido

CRISIS MATRIMONIALES

Cuando una pareja decide casarse son muchas las cuestiones que se les plantea: si quieren una boda multitudinaria, una boda íntima, los invitados, el menú, ceremonia civil o religiosa… pero hay otros aspectos importantes a tratar como es el caso de elegir desde ese momento si desean regirse por  el régimen económico matrimonial de gananciales o de separación de bienes.

Las situaciones de crisis matrimoniales son difíciles de afrontar por la importante impronta emocional pero también por el aspecto económico, y es que cuando el matrimonio llega a la decisión de divorciarse son varios los aspectos a afrontar:

  1. El divorcio: en sentido estricto: es decir la ruptura del vínculo matrimonial, cese de la convivencia así como del resto de obligaciones que se derivaban de aquél.
  2. La liquidación del régimen económico matrimonial para aquellos casos en los que el matrimonio hubiese optado por el régimen de gananciales. Lo que supone la repartición de los bienes del matrimonio.
  3. La custodia de los menores en caso de haberlos: pudiendo ser ésta para uno de los cónyuges estableciéndose un régimen de visitas para el otro, o por la custodia compartida.

DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

Así el divorcio podría ser de mutuo acuerdo, en ese caso el procedimiento es sencillo, los cónyuges deberán presentar una demanda de divorcio acompañado de un convenio regulador que deberán ratificar posteriormente ante ej juez y en el que se deberán concretar todos los extremos respecto a la guardia y custodia de los menores, la pensión de alimentos de éstos, el régimen de visitas, el uso del domicilio familiar…Esta demanda deberá ser presentada y firmada por abogado y procurador.

DIVORCIO CONTENCIOSO

Hoy en día no es necesario alegar motivos para divorciarse, de modo que nadie puede obligarle a estar casado, sin embargo hay algunos extremos respecto de los cuales se requiere una decisión y si las partes no son capaces de llegar a un acuerdo será necesario acudir a la Autoridad Judicial para que sea él quien establezca lo que estime pertinente

Así uno de los cónyuges inicia el procedimiento por medio de demanda de divorcio en el que contenga todas sus pretensiones: fin del matrimonio, la custodia de los menores, el uso del domicilio familiar, la disolución del régimen económico matrimonial.

El otro cónyuge una vez que reciba la notificación de la demanda tendrá un plazo de veinte días para contestar a la misma. El procedimiento es largo y costos no sólo a efectos económicos sino también temporales y emocionales, por ello se plantea la posibilidad de resolver unas medidas provisionales que sean las que rijan hasta que finalice el procedimiento y que ayuden sobretodo a los menores en esta etapa de transición.


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